II Mesa de trabajo

II. Incorporación de la Equidad de género en las estructuras universitarias

  • Pertinencias para la creación de cuerpos colegiados como órganos de decisión para la implementación de la Equiad de Género.
  • Factibilidad de creación de entidades universitarias para la articulación y ejecución de políticas a favor de la equidad de género, tales como coordinación de equidad, oficina de equidad, unidad de equidad, etc.


Conclusiones

  • Las universidades deben contar con un cuerpo colegiado en la estructura universitaria que discuta medidas y políticas que permitan institucionalizar la equidad de género en la universidad; que promueva, dé seguimiento y avale la equidad de género en todos los procesos de incorporación, promoción, evaluación y distribución (disciplinaria, por nivel educativo y ocupacional) del personal universitario y la población estudiantil.
  • Las universidades deben contar con mecanismos de operación de alto nivel (coordinación, unidad, oficina, etc.) en a estructura universitaria que permitan transversalizar la equidad de género en la universidad; que vinculen, articulen y operen las distintas iniciativas emprendidas por la universidad para avanzar en el fortalecimiento institucional a través de la implementación de medidas y políticas orientadas a promover la igualdad de oportunidades entre las mujeres y los hombres de la comunidad universitaria.
  • Los mecanismos de operación deben contar con enlaces en cada dependencia para promover las acciones de equidad en las distintas entidades y darles seguimiento.